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La eliminación del impuesto al sol es una de las noticias más esperadas en el sector eléctrico y energético. Con el nuevo Real Decreto 15/2018 de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores se abre una nueva etapa en la que el Gobierno busca tomar medidas para que el aumento de precio en la factura de la luz frene la progresión de los últimos meses, además de suprimir el impuesto al sol y los escalones de potencia a la hora de contratar el suministro eléctrico.

Este nuevo Decreto Ley, aunque tiene como titular más destacado el adiós al impuesto al sol, recoge una batería de medidas para regular el sector que buscan adaptar la legislación a la realidad eléctrica y energética actual.

Suministro eléctrico

Con la nueva normativa, habrá medidas para optimizar el suministro con los siguientes puntos destacados:

  • La potencia podrá contratarse con múltiplos de 0’1 kW y siempre que la potencia contratada no sea mayor que 15 kW y que el contador permita la telegestión y la discriminación horaria.
  • También se actualiza el artículo 83.5 de la normativa previa, del año 2000, de forma que cuando una instalación tenga más de 20 años y se reduzca la potencia no será de aplicación que la distribuidora verifique la instalación eléctrica y, además, modifique la instalación con la pertinente emisión del boletín. Con la legislación anterior sí era obligatorio para cualquier modificación de la potencia contratada.

Sin impuesto al sol, paso al autoconsumo

La lucha por el avance del autoconsumo llevaba ya tiempo en la mesa de debate del sector, y con la eliminación del llamado impuesto al sol, llega el momento de impulsarlo definitivamente, no solo a nivel privado y de usuarios sino con un respaldo legislativo. Estos son los nuevos artículos más destacados al respecto.

  • El nuevo Real Decreto incluye el derecho a autoconsumir energía eléctrica sin cargos. De hecho, la energía autoconsumida que provenga de renovables está liberada de cualquier peaje.
  • Se admite el derecho al autoconsumo compartido, ya sea por parte de uno o varios usuarios.
  • Las instalaciones de baja potencia (menos de 15kW) tendrán una simplificación administrativa y técnica.

Las nuevas instalaciones de autoconsumo también tendrán una significativa modificación, tanto en los criterios de diseño como en la ejecución de las mismas, con las siguientes novedades.

  • En lo relativo a las instalaciones con una potencia inferior a 15kW:
    • Se suprime el segundo contador. Hacía que las instalaciones fuesen más caras y complicadas, además de dificultar su legalización.
    • Se simplifica el proceso de regularización de las instalaciones. Aquellas que no vayan a devolver energía a la red de distribución no deben solicitar conectarse a las distribuidoras.
  • Hasta ahora, la potencia de los paneles debía ser menor a la potencia contratada en el suministro. El nuevo Real Decreto elimina esa limitación.
  • Redefinición del propio concepto de autoconsumo. Se incluye el autoconsumo compartido, cuando se trate de un uso colectivo, y se suma el concepto de autoconsumo próximo, que se da cuando la instalación está en la misma línea de baja tensión que el centro de transformación.
  • Ya no será obligatorio darse de alta en el registro de autoconsumo.
  • La energía autoconsumida que provenga de orígenes renovables, residuos o cogeneración no deberá gravarse con peajes ni cargas adicionales.
  • La facturación neta de excedentes de pequeñas instalaciones se incluye en el nuevo Real Decreto, aunque se actualizará próximamente la reglamentación para fijar los detalles.
  • Derogación del impuesto a las baterías. Seguirán estando permitidas.
  • Racionalización de sanciones por incumplimientos de la normativa.

En definitiva, el adiós al impuesto al sol va acompañado de una batería de medidas muy positiva para el sector, ya que reduce significativamente los obstáculos (tanto a nivel burocrático como técnico) y allana el camino para que el autoconsumo siga su progresión.

Bono social y movilidad sostenible

Uno de los últimos aspectos más destacados de este Real Decreto está en otros dos campos que también tienen gran importancia en el sector: la movilidad sostenible y la pobreza energética. Respecto a las cuestiones de movilidad, esta actualización legislativa permitirá liberalizar la recarga de vehículos eléctricos, eliminando al figura del gestor de cargas.

En lo que al bono social se refiere, la nueva legislación introduce bonificaciones al precio de la energía, por lo que más ciudadanos podrán acogerse al bono social eléctrico; además, se introduce el bono social térmico, que cubrirá situaciones equivalentes para consumidores de gas.

Además, el Real Decreto establece la futura elaboración de un plan estratégico a nivel nacional para erradicar la pobreza energética, y prohíbe ciertas prácticas comerciales a las empresas comercializadoras de energía, que podían suponer una desinformación gravosa para determinados usuarios.